Hola, les paso un punto del programa que no encuentro de ningun lado, tengo apuntes, a los principales autores y un par de códigos comentados pero no hay caso...
58) Indemnizaciones. - La reparación al imputado. Distinos supuestos según los diversos regímenes legales. Determinación. Las actuales tendencias doctrinales y legislativas. Cualquier soga que me tiren es bien recibida ;) Gracias y saludos!
En cuanto a las tendencias, te puedo decir lo que eh escuchado con el tiempo, y es que hoy dia nadie pide la reparacion en sede penal, todos la demandan en sede civil por la mayor amplitud con la que se puede jugar en tema de prueba.
Ademas teniendo la sentencia penal, es un titulo seguro para el cobro.
En cuanto a la determinacion, yo lo agarraria por el lado de la "reparacion integral", osea, todo lo que se pide en una demanda de daños y perjuicios:
Daño emergente, lucro cesante, daño moral, psiquico, estetico, perdida de valor venal de la cosa, etc.
Tambien tene en cuenta que algunos regimenes (nuestra ley de ejecucuin penal por ejemplo) preveen que el condenado colabore en pagar los daños con el fruto de su trabajo durante el tiempo de condena.
Esto es mas o menos lo que en su momento me habia planteado yo decir si sacaba dicha bolilla, porque al igual que vos no encontre bibliografia especifica.
Saludos
"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"