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INFRACCION LEY 23.737



Aumentan las detenciones de menores
por tenencia de estupefacientes


Un grupo de chicos consume drogas en la calle. Sólo en los primeros 6 meses del año, casi se alcanzó la misma cantidad de detenidos de todo el 2005. Niños de 12 y 13 años ya tienen abierta una causa federal, dejando así una huella en la historia de su vida.

A lo largo de todo el 2005, 99 menores de 21 años fueron detenidos por infracción a la ley 23.737 de tenencia de estupefacientes. De ese total 36 tenían menos de 18 años.

De acuerdo a un informe de la División Operaciones de la Policía de la Provincia de Salta, en los seis primeros meses de 2006, el número de jóvenes que todavía no alcanzaron la mayoría de edad que tienen una causa abierta en la Justicia Federal por incumplir la misma norma ya ascienden a 88. De mantenerse esta tendencia, el balance final de 2006 podría arrojar que la cantidad de detenciones por tenencia de estupefacientes se duplicó en el último año.

Pero más allá de estos guarismos, los especialistas se encuentran verdaderamente preocupados por el importante descenso en la edad de inicio en las drogas. "Venimos experimentando un marcado crecimiento en el tratamiento para niños porque la edad bajó considerablemente", explicó el director de Betania, Guillermo Arquati, corroborando así los números de la policía.

De acuerdo a las estadísticas federales, en todo el año pasado 36 chicos de entre 12 y 17 años fueron encontrados con alguna droga en su poder, mientras que desde enero a junio de este año la cifra fue de 28. De los 18 a los 21 años los números son aún más alarmantes, ya que el año pasado se produjeron 66 detenciones y 60 de enero a junio de 2006.

Del informe surge también que, en ningún caso, la cantidad de mujeres detenidas supera el 20 por ciento. Consultado sobre ello, Arquati explicó que ésta es una estadística que se repite en todo el país. A la hora de analizar las causas por las que parecieran ser más los hombres que las mujeres que consumen, el director de Betania indicó que "los embarazos y las presiones sociales" podrían ser sindicados como factores que influyen en las féminas a la hora de superar o evitar las adicciones.

El proceso legal

Como para la legislación argentina tanto la tenencia para consumo personal como para comercialización está penada, quienes incurran en esta infracción -mayores o menores de edad- deberán afrontar una causa federal, una ficha con antecedentes penales y la posibilidad de pasar entre uno y quince años en la cárcel.

De acuerdo a lo precisado por el juez federal Nº 2, Antonio Medina, cuando a un menor de edad se le encuentra una sustancia ilegal es llevado a la comisaría, desde donde podrá comunicarse con sus padres para informarles de su situación. "Generalmente este tipo de causas se resuelve en el mismo momento y el joven puede volver a su casa; luego deberá comparecer, acompañado de sus padres, ante la Justicia", explicó Medina.

La ley prevé que, en el caso de que el imputado acceda a realizar un tratamiento de rehabilitación, la pena quede en suspenso. Si el menor presta su consentimiento, deberá realizar un tratamiento en un centro especializado, el que deberá informar de los progresos del joven. Si éste no cumpliera con lo pautado, la causa continuará su curso.

Contrariamente a lo que uno podría imaginarse, son menos los que eligen esta alternativa a los que prefieren continuar con el proceso. Y, de ese pequeño grupo que opta por la rehabilitación, son aún menos los que terminan el tratamiento.

Es que, como la pena por tenencia para consumo personal es excarcelable, muchos jóvenes consideran que "salieron ilesos del problema", pero lo cierto es que, además de la adicción de la que son víctimas, sus huellas dactilares y la leyenda de "Infracción a la ley 23.737" formará parte para siempre de la historia de su vida.

Los mitos sobre las drogas

De acuerdo a lo explicado por el juez federal Nº 2, Antonio Medina, existen algunos mitos sobre los estupefacientes que hacen que algunos jóvenes crean que no están infringiendo la ley, cuando en realidad sí están actuando contra lo que marcan las normas.

"Creer que la tenencia para consumo personal no está penalizado es un error muy común", señaló Medina al tiempo que indicó que la única diferencia entre la simple tenencia y la tenencia para uso personal radica en el tiempo de la pena. En el primero de los casos la pena oscila entre uno y seis años de prisión, mientras que en el segundo va del mes a los dos años.

Otro de los mitos, según Medina, es la creencia de que si uno tiene drogas en su casa, esto no constituye delito. "La ley es muy clara cuando habla de la tenencia de estupefacientes ya sea en la vía pública o en el domicilio particular de cada uno", precisó el magistrado.

Qué dice la ley 23.737

Art. 5.- Será reprimido con reclusión o prisión de cuatro a quince años y multa el que sin autorización o con destino ilegítimo:

a) Siembre o cultive plantas o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes, o materias primas, o elementos destinados a su producción o fabricación;

b) Produzca, fabrique, extraiga o prepare estupefacientes;

c) Comercie con estupefacientes o materias primas para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o dé en pago, o almacene o transporte;

d) Comercie con planta o sus semillas, utilizables para producir estupefacientes, o las tenga con fines de comercialización, o las distribuya, o las dé en pago, o las almacene o transporte;

e) Entregue, suministre, aplique o facilite a otro estupefacientes a título oneroso. Si lo fuese a título gratuito, se aplicará reclusión o prisión de tres a doce años y multa de tres mil a ciento veinte mil australes.

Art. 14.- Será reprimido con prisión de uno a seis años y multa el que tuviere en su poder estupefacientes. La pena será de un mes a dos años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal.

Fuente: El Tribuno (Salta)


http://www.notiar.com.ar/politica/pol_3355.htm


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