Expongo el siguiente caso: soy propietario de un inmueble urbano que pesa sobre el un derecho real de usufructo sobre otra persona que fisicamente no se encuentra en el lugar haciendo uso y goce de tal derecho. Por ello alquila en inmueble y obtiene rentas por eso.
Entiendo es licito que el usufructuario celebre contratos de alquiler, pero.... ¿es posible que el contrato de locacion lo celebre el propietario, y que en un cláusula se imponga que las rentas obtenidas sean giradas y abonadas al usufructuario?
Cuales serían los posibles problemas, ? ¿podria el usufructuario plantear que celebrando dicho contrato se haya interrumpido su uso y goce del usufructo?
Que es mas recomendable... que el contrato lo firme el ususfructuario o el nudo propietario.
Saludos. Lisandro
Saludos, BJL.-