INMUEBLES
Ley 26.038
Transfiérese a título gratuito a la provincia de Río Negro una fracción de terreno perteneciente al Estado nacional.
Sancionada: Junio 1 de 2005
Promulgada de Hecho: Julio 5 de 2005
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina reunidos en Congreso,
etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º — Transfiérase a título gratuito a la provincia de Río Negro la fracción de terreno perteneciente al Estado nacional designada catastralmente como 18-1-W-010-03, originada por el plano de mensura característica Nº 443/77 y según inscripción de dominio al Tomo 653, Folio 111, Finca 131.042.
ARTICULO 2º — La transferencia dispuesta en el artículo anterior se realiza con el cargo de afectar el inmueble descrito al desarrollo de un proyecto social vinculado al albergue y recreación de jubilados y pensionados residentes en la provincia de Río Negro.
ARTICULO 3º — Los gastos que demandare la presente estarán a cargo de la beneficiaria.
ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL PRIMERO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CINCO.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.038 —
EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.