INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 2/2001
Prorrógase el plazo para el cumplimiento de lo establecido en la Resolución General Nº 5/2000
Bs. As., 28/2/2001
VISTO:
La Resolución General I.G.J. Nº 5/2000 y las inquietudes recibidas de parte de diversas entidades en relación con el vencimiento del plazo de cumplimiento allí establecido; y
CONSIDERANDO:
Que, resulta conveniente prorrogar el plazo para el cumplimiento de la Resolución General I.G.J. Nº 5/2000, cuyo vencimiento se opera en el día de la fecha y establecer uno de mayor extensión para los años sucesivos.
Que, la importancia de las sanciones previstas para el caso de incumplimiento tornan razonable lo que se resuelve.
Por ello y lo dispuesto por los artículos 11 y 21 de la Ley Nº 22.315,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrogar hasta el día 30 de abril de 2001 el plazo para el cumplimiento de lo establecido en la Resolución General I.G.J. Nº 5/2000.
Art. 2º — Modificar el artículo 3º de dicha Resolución, disponiendo que el plazo allí previsto vencerá, en los años sucesivos, el último día hábil del mes de abril de cada año.
Art. 3º — Esta Resolución entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º — Regístrese como Resolución General. Dése a la Dirección del Registro Oficial. Publíquese. Oportunamente archívese. — Guillermo E. Ragazzi.