Inspección General de Justicia
SISTEMA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS
Resolución General 10/2002
Contratos bajo la modalidad de "grupos cerrados". Rectifícase el artículo 5° de la Resolución General N° 9/2002.
Bs. As., 5/7/2002
VISTO el dictado de la Resolución General I.G.J. N° 9 de fecha 4 de julio de 2002, publicada en el Boletín Oficial el día 5 de julio de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 5° de la citada resolución se ha deslizado un error material que corresponde subsanar.
Por ello y lo dispuesto en los artículos 6° de la Ley N° 11.672 (t.o. 1999) y 9° de la Ley N° 22.315,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA.
RESUELVE:
Artículo 1º — En el artículo 5° de la Resolución General I.G.J. N° 9 de fecha 4 de julio de 2002, donde dice " ... fueron percibidos entre el mes de enero de 2001 y la vigencia de esta resolución..." debe decir "...fueron percibidos entre el mes de enero de 2002 y la vigencia de esta resolución..."
Art. 2º — Regístrese como Resolución General.
Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Publíquese. Oportunamente archívese. — Guillermo E. Ragazzi.