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INSTITUTO NACIONAL






INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

 

Resolución 219/99

 

Declaraciones Juradas y Comunicaciones de Semilla de
Papa.


 

Bs. As., 6/10/99

 

VISTO la Resolución Nº 131 dictada por el Instituto
Nacional de Semillas el 29 de junio de 1998, y


 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 10º del citado acto administrativo
dispone que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS fijará las fechas de presentación
de las declaraciones juradas y comunicaciones requeridas en los artículos 1º y
7º de esa resolución teniendo en cuenta los ciclos de producción de cada zona
del país.


 

Que resulta necesario establecer con precisión el
cronograma y frecuencia de las declaraciones juradas y comunicaciones que deben
presentar tanto las personas físicas o jurídicas, titulares de todo lugar en el
que se deposite semilla de papa para su almacenamiento como los semilleros
fiscalizados de papa, a fin de lograr un adecuado control del circuito de la
producción.


 

Que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS se encuentra
facultado a dictar la presente medida conforme a lo establecido en el artículo
15º de la ley 20.247 y artículo 6º, incisos e), o) y r) del Decreto Nº 2183/91.


 

Que las distintas provincias con convenio productoras de
semilla fiscalizada de papa del país han participado en la elaboración de la
presente resolución.


 

Que la COMISION NACIONAL DE SEMILLAS en su reunión del
día 13 de setiembre de 1999, Acta Nº 267, dio su opinión favorable al respecto.


 

Que el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS en
su reunión del día 4 de octubre de 1999, Acta Nº 60, dio su aprobación a la
medida.


 

Por ello,

 

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Aprobar el cronograma de
fechas de presentación de declaraciones juradas y comunicaciones de semilla de
papa que figura en el Anexo 1 de la presente resolución.


 

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Adelaida Harries.


 

NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo 1. La
documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta
Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).
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