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INSTITUTO NACIONAL




INSTITUTO NACIONAL JUAN DOMINGO PERON DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES HISTORICAS, SOCIALES Y POLITICAS

Decreto 1235/2003

Modifícase el Decreto N° 622/95, estableciéndose que la Comisión Permanente Nacional de Homenaje al Teniente General Juan Domingo Perón actuará como órgano consultivo del mencionado Instituto.

Bs. As., 21/5/2003

VISTO el Decreto N° 622 del 26 de abril de 1995 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se declaró de interés nacional el estudio e investigación de la vida y obra del ex Presidente de la Nación, Teniente General Juan Domingo PERON.

Que, a esos fines, el artículo 2° del citado Decreto creó el INSTITUTO NACIONAL JUAN DOMINGO PERON DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES HISTORICAS, SOCIALES Y POLITICAS que, según la modificación del Decreto N° 391 del 28 de agosto de 1995 depende del Poder Ejecutivo Nacional a través de la COMISION PERMANENTE NACIONAL DE HOMENAJE AL TENIENTE GENERAL JUAN DOMINGO PERON, creada por el Decreto N° 1034/94.

Que, por su parte de acuerdo al artículo 3° del Decreto N° 622/95 y su modificatorio, el citado INSTITUTO actúa como órgano ejecutivo de la COMISION PERMANENTE NACIONAL DE HOMENAJE AL TENIENTE GENERAL JUAN DOMINGO PERON.

Que razones de orden operativo hacen aconsejable modificar tal disposición, como así también disponer que el Secretario General del INSTITUTO de que se trata sea designado de entre los integrantes de la COMISION, asignándole, además, determinadas funciones.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese el primer párrafo del artículo 3° del Decreto N° 622/95, según texto del Decreto N° 391/95 por el siguiente: "La COMISION PERMANENTE NACIONAL DE HOMENAJE AL TENIENTE GENERAL JUAN DOMINGO PERON actuará como órgano consultivo del INSTITUTO NACIONAL JUAN DOMINGO PERON DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES HISTORICAS, SOCIALES Y POLITICAS y, como tal, coadyuvará al estudio, investigación y difusión de la vida y obra del ex Presidente de la Nación, Teniente General Juan Domingo PERON y del contexto histórico en que se desarrollaron. El INSTITUTO deberá:".

Art. 2° — Sustitúyese el artículo 4° del Decreto N° 622/95, según texto del Decreto N° 391/95, por el siguiente: "La dirección y administración del INSTITUTO NACIONAL JUAN DOMINGO PERON DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES HISTORICAS, SOCIALES Y POLITICAS será ejercida por un Secretario General designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL de entre los integrantes de la COMISION PERMANENTE NACIONAL DE HOMENAJE AL TENIENTE GENERAL JUAN DOMINGO PERON, durará CUATRO (4) años en sus funciones y podrá ser designado nuevamente por períodos sucesivos. Tendrá rango y jerarquía de Secretario de la Presidencia de la Nación.

El Secretario General evaluará la eventual aplicación de las medidas que le proponga la COMISION PERMANENTE NACIONAL DE HOMENAJE AL TENIENTE GENERAL JUAN DOMINGO PERON."

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— DUHALDE. — Jorge R. Matzkin.

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