INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO
Ley 25.672
Modifícase la Ley 24.515 y derógase el artículo 39 de la Ley 24.938.
Sancionada: Octubre 23 de 2002
Promulgada: Noviembre 18 de 2002
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Derógase el artículo 39 de la Ley 24.938.
ARTICULO 2º — Sustitúyese el artículo 1º de la Ley 24.515 por el siguiente:
Artículo 1º — Créase el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) como entidad descentralizada en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional.
ARTICULO 3º — Sustitúyese el artículo 16 inciso a) de la Ley 24.515 por el siguiente:
Artículo 16.— Los recursos del INADI se integrarán con:
a) Las partidas que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación.
ARTICULO 4º — Hasta tanto se apruebe el primer Presupuesto del INADI como organismo descentralizado, las erogaciones necesarias para el desenvolvimiento del mismo serán atendidas con cargo a las partidas Presupuestarias de la Jurisdicción 30-Ministerio del Interior.
ARTICULO 5º — Dentro del plazo de treinta (30) días de publicada la presente ley, el INADI deberá enviar al Ministerio de Economía su primer Presupuesto Anual de Gastos y Cálculo de Recursos.
ARTICULO 6º — Dentro del plazo de noventa (90) días de publicada la presente ley deberá estar aprobada la estructura orgánica del INADI.
ARTICULO 7º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.
—REGISTRADA BAJO EL Nº 25.672—