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INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO Decreto 184/2005 Transfiérese el citado Instituto, organismo descentralizado del ámbito del Ministerio del Interior, a la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos




INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO

Decreto 184/2005

Transfiérese el citado Instituto, organismo descentralizado del ámbito del Ministerio del Interior, a la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Bs. As., 7/3/2005

VISTO el expediente Nº S02:0018256/2004 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 25.672, modificatoria de la Ley Nº 24.515, que creó el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI) y el Decreto Nº 258 del 24 de junio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2º de la Ley Nº 25.672 se sustituyó el artículo 1º de la Ley Nº 24.515 de creación del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), disponiendo que éste actuará como entidad descentralizada, en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 258/03 se aprobó la Estructura Organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR y se dispuso la dependencia jerárquica y funcional del referido Instituto en forma directa de su titular.

Que razones de índole operativa y de un ordenado funcionamiento de la Administración Pública Nacional, ameritan disponer la transferencia del referido Instituto a la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que han tomado la intervención que les compete los servicios jurídicos de las Jurisdicciones involucradas.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado del ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, a la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con las unidades organizativas que le dependen, sus respectivos cargos, nivel de funciones ejecutivas, dotaciones de personal, patrimonio, bienes y créditos presupuestarios vigentes a la fecha de la presente medida.

Art. 2º — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, las erogaciones a que dé lugar el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto serán atendidas con cargo a los créditos asignados a la JURISDICCION 30 —MINISTERIO DEL INTERIOR—, ENTIDAD 202 —INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI)—.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández. — Horacio D. Rosatti.

Administracionius UNLP

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