INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución N° 11/2002
Bs. As., 2/1/2002
VISTO el artículo 5° de la Resolución N° 00002/02, y
CONSIDERANDO:
Que por la norma citada en el VISTO, se dispone que la misma tendrá efectos sobre todas las Resoluciones de reconocimiento de costos de producción que no tengan dictada Resolución de reconocimiento de costo definitivo al día de entrada en vigencia.
Que el fin de la aludida Resolución es la consideración de los créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado, por lo que corresponde la aplicación de la norma en cuestión a todos los reconocimientos de costos presentados con posterioridad al 1° de mayo de 2001, fecha de comienzo de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado a la producción audiovisual, en los casos en que ello correspondiera.
Que en consecuencia debe sustituirse el artículo 5° de la Resolución N° 00002/02 en el sentido expuesto.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyese el artículo 5° de la Resolución N° 00002/02 por la siguiente redacción: "Lo dispuesto en la presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, y será de aplicación a todos los reconocimientos de costos posteriores al 1° de mayo de 2001, en los casos que así se solicitare y correspondiera en los términos de los artículos 1° a 4° de la presente Resolución".
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JOSE MIGUEL ONAINDIA, Director Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 18/1 N° 375.015 v. 18/1/2002