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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES Resolución Nº 11/2005




INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 11/2005

Bs. As., 4/1/2005

VISTO, la Resolución N° 3422/04/INCAA

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 2° de la norma aludida se establece como premio para los titulares de los sobres que se extraigan entre el 5° y el 9° lugar inclusive una semana de alojamiento en complejos de tiempo compartido dentro del país.

Que cuestiones de tipo operativo hacen imposible contar con la disponibilidad de dichos premios para el sorteo a realizarse el día 6 de enero de 2005.

Que por lo expuesto corresponde modificar transitoriamente la cantidad y tipo de premios a ser entregados a los titulares de los sobres remitidos a este Organismo en los términos de la Resolución N° 3422/04/INCAA.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención pertinente.

Que por ausencia de los señores Presidente y Vicepresidente del Organismo debe firmar la presente el señor Gerente General del mismo.

EL GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Modifícase el listado de premios a ser entregados en el sorteo a realizarse el día de 6 de enero de 2005 entre los adquirentes de Boletos Oficiales Cinematográficos, ya sea provistos por el Organismo o emitidos por sistemas de computación autorizados, y locatarios o adquirentes finales de videogramas grabados que remitan los correspondientes comprobantes al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ARTICULO 2º — Los premios a sortearse serán los siguientes: el titular del primer sobre que se extraiga se hará acreedor a un automóvil 0 kilómetro; los titulares de los sobres que se extraigan en 2°; 3° y 4° lugar se harán acreedores, cada uno, a un televisor de 29 pulgadas y un reproductor de DVD; los titulares de los sobres que se extraigan en 5°; 6° y 7° lugar sé harán acreedores, cada uno, de un televisor de 21" y una video cassettera; los titulares de los sobres que se extraigan en 8° y 9° lugar se harán acreedores, cada uno, de un reproductor de DVD y el titular del sobre extraído en 10° lugar se hará acreedor a una video cassettera.

ARTICULO 9º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ALBERTO URTHIAGUE, Gerente General, INCAA

e. 6/1 N° 469.211 v. 6/1/12

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