INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
Resolución 570/2002
Modifícase la Resolución N° 491/IN/02, en relación con los plazos establecidos en el Reglamento Eleccionario Institucional y el Padrón definitivo de beneficiarios.
Bs. As., 26/11/2002
VISTO las Resoluciones N° 0491/02 y N° 0504/IN/02 por la cual se aprueba el Reglamento Eleccionario Institucional y su modificatoria,
CONSIDERANDO
Que habiéndose registrado diversos inconvenientes técnicos sobre demoras en el proceso de elaboración, que implicaron mayor tiempo en la confección y distribución, de los padrones electorales definitivos de los beneficiarios del Instituto se efectuaron las consultas correspondientes al área competente.
Que al respecto se recepcionó la sugerencia formuladas por parte de las Juntas Electorales Locales (J.E.L.) y por la Junta Electoral Nacional (J.E.N.) sobre la oportunidad de prorrogar el plazo, requiriendo la fijación de nueva fecha, para el envío de dichos padrones a cada una de las Juntas Electorales Locales (J. E. L.),
Que el requerimiento mencionado en el párrafo que antecede, fue planteado para poder llevar a cabo la revisión y corrección de las inquietudes precedentemente expuestas.
Que resulta oportuno trasladar la fecha de envío de padrones para el acto comicial, establecida en el artículo N° 11 de la Resolución N° 491/IN/02 y Anexo II de la Resolución N° 0504/IN/02, a los fines de evitar eventuales exclusiones aclarando y precisando algunos aspectos no pretendidos en el proceso de normalización institucional.
Que a fin de dar debida publicidad al proceso eleccionario procede disponer la publicación de la Resolución aquí aprobada en el Boletín Oficial.
Por ello, conforme las atribuciones conferidas por el Decreto N° 111/02
EL INTERVENTOR NORMALIZADOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
Artículo 1° —Modifícase el Artículo N° 11 de la Resolución N° 491/IN/02, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Padrón definitivo
Las listas de electores depuradas constituirán el Padrón de Beneficiarios Femenino y Masculino del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, que tendrá que hallarse impreso y exhibido, de acuerdo al Artículo 9°, 6 (seis) días antes de la fecha fijada para la elección. Los que sirvieron para anotar las correcciones y reclamos quedarán archivadas en la J.E.N."
Art. 2° — Sustitúyase el Anexo II de la Resolución N° 504/IN/02, que aprueba el cronograma de actividades del proceso eleccionario, por el que obra en la presente.
Art. 3° — Regístrese, comuníquese a las áreas involucradas y publíquese en el Boletín Oficial por el término de un (1) día y oportunamente archívese. — José M. Corchuelo Blasco.
ANEXO II 0570
PLAZOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO ELECCIONARIO INSTITUCIONAL
Artículos |
Plazos a Cumplir Previo al Acto Comicial (1) |
Entidad Obligada |
Objetivo |
Fecha Vencimiento de plazo (2) |
. |
. |
. |
ACTO COMICIAL |
08/12/02 |
Art. 24 |
60 días |
Máxima Autoridad del INSSJP |
Convoca al acto eleccionario |
02/10/02 |
Art. 22 |
50 días |
Máxima Autoridad del INSSJP |
Nombra a los Miembros de la JEN |
17/10/02 |
Art. 19 |
45 días |
Máxima Autoridad del INSSJP |
Nombra a los Miembros de la JEL |
22/10/02 |
Art. 8 |
40 días |
JEN |
Distribuye en las JEL el padrón provisorio |
28/10/02 |
Art. 17 |
40 días |
JEL |
Informa a la JEN mapa de distribución geográfica |
28/10/02 |
Art. 14 |
40 días |
JEL |
Arbitra concurrencia fuerzas de seguridad |
28/10/02 |
Art. 30 |
45 días |
Entidades |
Registran los candidatos ante la JEL |
25/10/02 |
Art. 31 |
35 días |
JEL |
Aprueba candidatos |
04/11/02 |
Art. 9 |
30 días |
Electores |
Reclaman altas y/o rectificación en el Padrón provisorio |
07/11/02 |
Art. 10 |
30 días |
Elector y/o Entidades |
Solicitan baja de Padrón |
07/11/02 |
Art. 14 |
20 días |
Fuerzas de Seguridad |
Envían a la JEL listados de agentes afectados |
18/11/02 |
Art. 32 |
30 días |
Entidades |
Presentan a la JEL modelo de boleta |
12/11/02 |
Art. 43 |
20 días |
JEL |
Arbitrar lugares donde funcionarán las mesas |
18/11/02 |
Art. 41 |
20 días |
JEL |
Designa autoridades de mesa |
18/11/02 |
Art. 44 |
15 días |
JEL |
Notifica al JEN la ubicación de mesas y autoridades |
22/11/02 |
Art. 11 |
6 días |
JEN |
Envía a la JEL Padrón definitivo |
02/12/02 |
Art. 46 |
5 días |
JEL |
Publicidad de comicio |
02/12/02 |
(1) Días corridos
(2) Fecha en día hábil
PLAZOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO ELECCIONARIO NSTITUCIONAL
Artículos |
Plazos a Cumplir Posteriores al Acto Comicial |
Entidad Obligada |
Objetivo |
Art. 89 |
30 días |
Máxima Autoridad INSSJP |
Convoca a elección complementaria del acto eleccionario |
Art. 91 |
5 días |
Entidades |
Expresan voluntad de participar en elección complementaria |
Arts. 84 y 87 |
3 días |
JEL |
Informa a la Máxima Autoridad del INSSJP y a la JEN el escrutinio definitivo. |
Art. 80 |
3 días |
Entidades |
Solicitan a la JEL elecciones complementarias |
Art. 75 |
2 días |
Entidades |
Presentan a la JEL reclamos sobre el acto eleccionario. |
Art. 84 |
72 hs. |
JEL |
Comunica a la Máxima Autoridad del Instituto y a las Entidades participantes los resultados definitivos |
Art. 85 |
48 hs. |
JEL |
Proclama a los que resulten electos |
Art. 85 |
48 hs. |
Máxima Autoridad INSSJP |
Convoca a constituir el Plenario del Consejo Federal |
Art. 85 |
5 días |
Consejo Federal |
Elige y designa a los miembros de Directorio Ejecutivo Nacional |