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Instituto Nacional de Vitivinicultura




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VITIVINICULTURA

Resolución C. 26/2001

Prorrógase la vigencia de la Resolución N° C. 2/01, por la que se procedió a eximir del pago de arancel a los titulares de viñedos que presentaran fuera de término las declaraciones juradas del Operativo Actualización del Registro de Viñedos.

Mendoza, 10/9/2001

VISTO el Expediente N° 311-000243/00-4 y las Resoluciones Nros. C.27/00, C.29/00, y C.2/01, y

CONSIDERANDO:

Que por la última de las normas citadas precedentemente, se procedió a eximir del pago de arancel a los titulares de viñedos que presentaran fuera de término las declaraciones juradas del Operativo Actualización del Registro de Viñedos, ordenado por Resolución N° C.27/00.

Que si bien la aludida norma ha contribuido a incrementar el número de presentaciones, aún persisten las razones que dieron origen a la Resolución N° C.2/01, por lo que resulta aconsejable prorrogar la misma Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 14.878 y los Decretos Nros. 1084/96 y 68/00,

EL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:

— Prorrógase la vigencia de la Resolución N° C. 2/01, hasta el 31 de diciembre de 2001.

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, notifíquese y cumplido, archívese. — Luis G. Borsani.

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