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Instituto Nacional de Vitivinicultura




Instituto Nacional de Vitivinicultura

VITIVINICULTURA

Resolución 2/2003

Homológase el módulo correspondiente al Subsistema de Alcoholes, Areas Destilerías, Fábricas de Metano, Fraccionadores y/o Comerciantes de Alcohol Etílico, Alcohol Etílico Desnaturalizado Uso Doméstico y Metanol, y las Plantas de Almacenaje de Alcohol Etílico y Metanol, que forman parte de un Sistema de Transferencia Electrónica de Declaraciones Juradas.

Mendoza, 23/1/2003

VISTO el Expediente Nº 311-000258/2002-2, las Resoluciones A.34/02, C.26/02 y C.36/02, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la citada pieza administrativa, el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA efectuó una convocatoria a empresas informáticas con el objeto de suscribir convenios para el desarrollo de los programas a implementar en función de la presentación por la industria vitivinícola y de alcoholes, de Declaraciones Juradas on line.

Que la empresa WORKJOY ARGENTINA S.A., ha suscripto con el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, el correspondiente convenio.

Que el punto 1º de la Resolución Nº C.26/02 establece, entre otras, la obligatoriedad de que los aplicativos desarrollados por dicha empresa, sean homologados por este Organismo.

Que por Resolución Nº C.36/02, fue homologado el módulo correspondiente al Subsistema de Alcoholes, Areas Manipulador de Alcohol Etílico y Manipulador de Metanol.

Que la Comisión creada a tal efecto por la Resolución Nº A.34/02, ha informado que el Sistema de Transferencia Electrónica, Subsistema Alcoholes, Areas Destilerías, Fábricas de Metanol, Fraccionadores y/o Comerciantes de Alcohol Etílico, Alcohol Etílico Desnaturalizado Uso Doméstico y Metanol, y las Plantas de Almacenaje de Alcohol Etílico y Metanol, desarrollado por la empresa citada precedentemente, cumple con las especificaciones técnicas establecidas por el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar la homologación pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y los Decretos Nros. 1084/96 y 56/02,

EL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:

— A partir de la fecha de la presente Resolución, homológase el módulo correspondiente al Subsistema de Alcoholes, Areas Destilerías, Fábricas de Metanol, Fraccionadores y/o Comerciantes de: Alcohol Etílico, Alcohol Etílico Desnaturalizado Uso Doméstico y Metanol, y las Plantas de Almacenaje de Alcohol Etílico y Metanol, que forman parte del Sistema de Transferencia Electrónica de Declaraciones Juradas, desarrollado por la empresa WORKJOY ARGENTINA S.A., denominado ENOALC versión 1.0.

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — Enrique L. Thomas.

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