INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
Resolución 1/2005
Mantiénese la representación del Sector Industrial en el Directorio del citado Instituto.
Posadas, Misiones 3/1/2005
VISTO: El Expte. Nº 1-9876/04 - Asociación de Productores Molineros de Corrientes c/ Instituto Nacional de la Yerba Mate s/ Amparo", que tramita ante el Juzgado Federal en lo Civil de Paso de los Libres, Corrientes, y las Resoluciones 59/04, 70/04, 91/04 del INYM; y,
CONSIDERANDO:
QUE, por resolución de fecha 09.12.04, en el "Expte. Nº 1-9876/04 - Asociación de Productores Molineros de Corrientes c/ Instituto Nacional de la Yerba Mate s/ Amparo", que tramita ante el Juzgado Federal en lo Civil de Paso de los Libres, Corrientes, se ha hecho lugar a una medida cautelar de no innovar, ordenándose la suspensión de las elecciones de los Miembros del Directorio del INYM del Sector de la Industria, hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
QUE, el INYM solicitado aclaratoria sobre los alcances de la medida de no innovar, en relación a la duración de los mandatos y a la composición de la representación del Sector Industrial en el Directorio del INYM.
QUE, por resolución de fecha 23.12.04, en el "Expte. Nº 1-9876/04 - Asociación de Productores Molineros de Corrientes c/ Instituto Nacional de la Yerba Mate s/ Amparo", puesta a despacho el 28.12.04, se ha dictado aclaratoria del auto arriba indicado, consignando que "deberá mantenerse la representación del Sector Industrial del Directorio de dicho Organismo Organismo con la composición que poseía hasta el momento de concretarse el acto electivo ..., hasta tanto recaiga resolución definitiva sobre la cuestión principal".
QUE, corresponde dictar el instrumento legal respectivo a fin de efectivizar la orden judicial recibida.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO DEL INYM
RESUELVE
Artículo 1º — MANTENER la representación del Sector Industrial en el Directorio del INYM en los términos expresados en los considerandos, con la siguiente composición:
DIRECTORES TITULARES: Miguel Sniechowski y Carlos Barros DIRECTORES SUPLENTES. Roberto Montechesi y Hernán Laffite.
Art. 2º — REGISTRESE, NOTIFIQUESE, hágase saber a los interesados. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la República Argentina por un (1) día. Cumplido, ARCHIVESE. — Luis F. Prietto. — Hugo A. Sand. — Eduardo Tuzinkiewicz. — Ricardo Colombo. — Ricardo Maciel. — Miguel Sniechowski. — Carlos Barros. — Jorge Haddad. — Florencio Zena. — Juan Dimitrowicz. — Luis Konopacki. — Pedro Angeloni.