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INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO

Decisión Administrativa 406/2005

Creación del cargo de Directora de Administración.

Bs. As., 20/7/2005

VISTO el Expediente Nº 3161/04 del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, el Decreto Nº 877/ 05 y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto citado en el visto se designó a la Licenciada Cristina Elisabet CRESCENZI (D.N.I. Nº 14.897.547) en un cargo de Planta Permanente Nivel A Grado 0, Función Ejecutiva IV de Directora de Administración del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por el artículo 36 del Anexo I, del Capítulo III del Decreto 993/91 (t.o. 1995) se establece que cuando la unidad organizativa no cuente con la respectiva vacante financiada, se creará una del nivel escalafonario que corresponda. La vacante que ocupe el ex-titular de la función objeto de selección, quedará suprimida cuando éste egrese por cualquier causal.

Que el INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION no cuenta con el cargo Nivel A Grado 0 siendo necesario para cubrir dicha Dirección.

Que la existencia del cargo mencionado es de vital importancia para el normal funcionamiento del Instituto.

Que ha tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 7º de la Ley Nº 25.967 y el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1/ 05 de fecha 11 de enero de 2005.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º — Créase el cargo Nivel A Grado 0 en relación al cargo de Directora de Administración del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, desde la fecha de la designación del titular, dispuesta por el decreto citado en la presente.

Art. 2º — Exceptúase al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 25.967, en relación al cargo y desde la fecha, que se consignan en el artículo precedente.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO correspondiente al Ejercicio 2005.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

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