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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS




JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO


Resolución Nº 3


Bs. As., 20/6/2001


VISTO el Expediente Nº 0132/2001 del Registro del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), mediante el cual se aprobó el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA), el Decreto Nº 1663 del 27 de diciembre de 1996 y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION del Nº 11 del 3 de febrero de 1992, sus complementarias y modificatorias; y,


CONSIDERANDO:


Que por el Decreto Nº 1663/96 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.


Que las mencionadas resoluciones aprobaron distintas etapas del Nomenclador de Funciones Ejecutivas correspondientes a unidades organizativas a las que se les asignó el índice de ponderación pertinente y cuyo personal revista en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa.


Que en el mismo sentido se decidió darles continuidad a aquellas unidades organizativas que se encuentran consustanciadas con el proceso de transformación del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO, por lo cual se hace necesario ratificarlas u homologarlas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.


Que la SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de la Dirección Nacional de Organización de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Función Ejecutiva correspondientes a las unidades organizativas para las cuales se solicita la ratificación u homologación de dicho suplemento.


Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 1/01 y modificatoria.


Por ello,


EL SECRETARIO PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


RESUELVE:


ARTICULO 1º — Ratifíquense los niveles de Función Ejecutiva de las unidades organizativas pertenecientes al SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, según el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.


ARTICULO 2º — Homológuense los, niveles de Función Ejecutiva de las unidades organizativas pertenecientes al SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, según el detalle obrante en el Anexo II que forma parte integrante de la presente.


ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MARCOS P. MAKON, Secretario para la Modernización del Estado, Jefatura de Gabinete de Ministros.


ANEXO I


SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO


SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA


MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA








































Unidad organizativa a ratificar


Nivel


Dirección de Geología Regional


III


Dirección de Recursos Geológico Mineros


IV


Dirección de Geología Ambiental y Aplicada


IV


Dirección del Centro de Investigación de Procesamiento de Minerales


III


Subdirección del Centro de Investigación de Procesamiento de Minerales


IV


Dirección del Centro de Investigación y Desarrollo de Materiales


III


Subdirección del Centro de Investigación y Desarrollo de Materiales


IV


Dirección del Centro de Investigación en Geología Aplicada


III


Subdirección del Centro de Investigación en Geología Aplicada


IV


Dirección del Centro de Investigación para las Industrias Mineras


III


Subdirección del Centro de Investigación para las Industrias Mineras


IV



(Anexo rectificado por arts. 1° y 2° de la Resolución N° 96/2009 de la Secretaría de la Gestión Pública B.O. 2/11/2009)


ANEXO II


SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO


SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA


MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
























DENOMINACION ANTERIOR


 


DENOMINACION ACTUAL


 


D.N. del Servicio Geológico


II


Dirección del Instituto de Geología y Recursos Minerales


II


Dirección de Administración


III


Dirección de Administración


III


Subdirección de Administración


IV


Subdirección de Administración


IV



e. 26/6 Nº 355.080 v. 26/6/2001

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