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PODER JUDICIAL DE LA NACION




PODER JUDICIAL DE LA NACION

CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución de Presidencia Nº 3

Bs. As., 7/2/2005

VISTO:

Lo dispuesto en el art. 1º del Reglamento para el otorgamiento de poder aprobado por el Acuerdo General del 20/4/89 (Acta Nº 11 pto. 9º ap. c); y

Y CONSIDERANDO:

Que resulta necesario dar cumplimiento a lo prescripto en la norma otorgando al acto la debida publicidad;

Por ello:

EL PRESIDENTE DE LA CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

1. Destruir las Actas Poder y sus correspondientes minutas otorgadas con anterioridad al 1 de febrero de 2001.

2. Borrar de la memoria del sistema informático todos los datos correspondientes a los poderes a que se refiere el artículo precedente.

3. Hacer saber al Departamento Sistema y Procedimientos de la Excma. Corte para su cumplimiento.

4. Publicar la presente resolución por 5 días en el Boletín Oficial. A sus efectos líbrese oficio al Boletín Oficial en los términos de la Resolución Nº 17/04 de la Dirección Nacional del Registro Oficial.

5. Protocolícese y hágase saber. — JUAN C. POCLAVA LAFUENTE, Juez de Cámara.
e. 22/2 Nº 472.176 v. 28/2/2005

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