PODER JUDICIAL DE LA NACION
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución de Presidencia Nº 3
Bs. As., 7/2/2005
VISTO:
Lo dispuesto en el art. 1º del Reglamento para el otorgamiento de poder aprobado por el Acuerdo General del 20/4/89 (Acta Nº 11 pto. 9º ap. c); y
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dar cumplimiento a lo prescripto en la norma otorgando al acto la debida publicidad;
Por ello:
EL PRESIDENTE DE LA CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
1. Destruir las Actas Poder y sus correspondientes minutas otorgadas con anterioridad al 1 de febrero de 2001.
2. Borrar de la memoria del sistema informático todos los datos correspondientes a los poderes a que se refiere el artículo precedente.
3. Hacer saber al Departamento Sistema y Procedimientos de la Excma. Corte para su cumplimiento.
4. Publicar la presente resolución por 5 días en el Boletín Oficial. A sus efectos líbrese oficio al Boletín Oficial en los términos de la Resolución Nº 17/04 de la Dirección Nacional del Registro Oficial.
5. Protocolícese y hágase saber. — JUAN C. POCLAVA LAFUENTE, Juez de Cámara.
e. 22/2 Nº 472.176 v. 28/2/2005