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JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS DE LA NACION




JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS DE LA NACION

Resolución N° 11/2003

"...En la Ciudad de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil tres, reunido el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación, los señores miembros del Jurado... RESOLVIERON: I. — MODIFICAR el artículo 13 del Reglamento para el Funcionamiento del Jurado, que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 13. Personal permanente y transitorio del Jurado". Los funcionarios, empleados y auxiliares de maestranza de la Secretaría General integran la planta permanente del Jurado y gozan de la condición aludida en el artículo precedente. Los funcionarios, empleados y auxiliares de maestranza designados para colaborar directamente con cada uno de los miembros del Jurado permanecerán en sus cargos mientras éstos integren el Cuerpo, de conformidad con lo establecido en el régimen de contratación aplicable. Los nombrados estarán sujetos, en cuanto sea pertinente, al Reglamento para la Justicia Nacional". II. — PUBLICAR la presente resolución en el Boletín Oficial, fecha a partir de la cual entrará en vigencia. Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando comunicarse y registrarse, por ante mí, de lo que doy fe. Fdo.: Eduardo J. A. Moliné O’Connor, Eduardo A. Roca, Horacio V. Billoch Caride, Enrique Pedro Basla, Guillermo Ernesto Sagués, Sergio Oscar Dugo, Manuel Justo Baladrón, Jorge Alfredo Agúndez, Angel Francisco Pardo. Ante mí: Silvina G. Catucci, Secretaria General. Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación.

e. 26/5 N° 415.910 v. 26/5/2003

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