Hola a todos. Mi pregunra es. En la ley de procedimientos 11683 las intimaciones que hace AFIP, ej 15 días para regularizar DDJJ empleados, son 15 días hábiles o de corrido?
Fijate lo que dice en el art. 4º de la ley 11.683:
Términos
Artículo 4º - Para todos los términos establecidos en días en la presente ley se computarán únicamente los días hábiles administrativos. Cuando un trámite administrativo se relacione con actuaciones ante Organismos judiciales o el Tribunal Fiscal de la Nación, se considerarán hábiles los días que sean tales para éstos. Para todos los términos establecidos en las normas que rijan los gravámenes a los cuales es aplicable esta ley, se computarán únicamente los días hábiles administrativos, salvo que de ellas surja lo contrario o así corresponda en el caso.
O sea que, para los plazos de dicha norma se computan solamente los días hábiles, salvo que se establezca expresamente lo contrario (p. ej.: arts. 125, 126 y 149).
Términos
Artículo 4º - Para todos los términos establecidos en días en la presente ley se computarán únicamente los días hábiles administrativos. Cuando un trámite administrativo se relacione con actuaciones ante Organismos judiciales o el Tribunal Fiscal de la Nación, se considerarán hábiles los días que sean tales para éstos. Para todos los términos establecidos en las normas que rijan los gravámenes a los cuales es aplicable esta ley, se computarán únicamente los días hábiles administrativos, salvo que de ellas surja lo contrario o así corresponda en el caso.
Saludos.