HIDROCARBUROS
Ley Nº 23.678
Restablécese la vigencia del Decreto Nº 631/87.
Sancionada: Junio 9 de 1989. Promulgada de Hecho: Junio 28 de 1989.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1º-Restablécese la vigencia
del Decreto Nº 631/87.
Las regalías de petróleo y gas natural a liquidar
correspondientes al mes de mayo serán actualizadas con
los índices correspondientes al mes de abril, índice
de Precios Mayoristas Nivel General del Instituto Nacional de
Estadística y Censos.
Art. 2º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.-LEOPOLDO
R. MOREAU.-VICTOR H. MARTINEZ-Ramón Naveiro.-Antonio J.
Macris.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y NUEVE.