TERCER MILENIO
Ley 24.944
Créase el Comité Organizador de los Festejos
del Tercer Milenio, Milenium, en el ámbito del Honorable
Congreso de la Nación. Integración y funciones.
Sancionada: Marzo 4 de 1998. Promulgada: Marzo 26 de 1998.
B.O: 1/04/98
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza
de Ley:
ARTICULO 1º-Crease en el ámbito de este Honorable
Congreso el Comité Organizador de los Festejos del Tercer
Milenio, en adelante Milenium.
ARTICULO 2º-Milenium estará integrado por representantes
del gobierno nacional de las áreas de: Ministerio de Economía
y Obras y Servicios Públicos; Secretaría de Turismo;
Secretaría de Industria, Comercio y Minería; Secretaría
de Cultura; representantes de los gobiernos provinciales, legisladores
nacionales y representantes de las cámaras empresariales.
ARTICULO 3º-Serán funciones de Milenium:
a) Evaluar distintas alternativas para la celebración del
fin de siglo,
b) Generar una propuesta consensuada con todos los sectores y
promover la divulgación de la misma, teniendo presente
que esta deberá estar dirigida a incrementar el turismo
en todas las regiones del país;
c) A partir de la fecha de promulgación de la presente
los integrantes de Milenium tendrán un plazo de ciento
ochenta (180) días para presentar oficialmente el programa
de festejos y turismo para la celebración de la llegada
del tercer milenio.
ARTICULO 4º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y OCHO.
-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.944-
ALBERTO R. PIERRI.-CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandía
de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.
Decreto 342/98
Bs. As., 26/3/98
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.944, cúmplase,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.