IMPUESTO
Ley 24.958
Impuesto al Valor Agregado. Restablécense las facultades
otorgadas al Poder Ejecutivo Naciona1 por el articulo 3°
inciso b) de la Ley 24.631
Sancionada: Abril 29 de 1998 Promulgada: Mayo 7 de 1998 B.O.: 08/05/98
E1 Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1°-Restablécense, por el término
de noventa (90) días a contar de la fecha de publicación
de la presente ley, las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo
Nacional por el articulo 3° inciso b) de la ley 24.631.
ARTICULO 2°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
REGISTRADA BAJO EL N° 24.958
MARCELO E. LOPEZ ARIAS. -CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra
Arandía de Perez Pardo.-Edgardo Piuzzi
Decreto 495/98
Bs. As., 7/5/98
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 24.958 cúmplase,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívase.-MENEM. -Jorge
A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.