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Ley 24246 del 13/10/93





JUBILACIONES Y PENSIONES

Ley 24.246

Reincorpórase al Personal Civil de la Policía
Federal a régimen instituido por el Decreto Ley Nº
15.943/46, a partir del 1º de enero de 1992.


Sancionada: Octubre 13 de 1993.

Promulgada de Hecho: Noviembre 15 de 1993.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º-Reincorpórase al régimen
instituido por el Decreto Ley N 15.943/46 (ratificado por Ley
13.593) y normas modificatoria y complementarias, a partir del
1 de enero de 1992, en las condiciones y con los requisitos que
regían al 31 de diciembre de 1991 al personal Civil de
la Policía Federal.

ARTICULO 2º-En virtud de lo dispuesto por el artículo
1, los agentes allí mencionados se los considerará
afiliados a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la
Policía Federal, en forma ininterrumpida, a partir del
1 de enero de 1992 y sin perjuicio de los períodos de afiliación
que en cada caso pudieren corresponder con anterioridad a dicha
fecha.

ARTICULO 3º-En el lapso de sesenta (60) días,
contados a partir de la fecha de promulgación de la presente,
el Poder Ejecutivo Nacional dictará las normas reglamentarias
y complementarias que fueren necesarias para el adecuado e integral
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º-Comuníquese al Poder Ejecutivo
Nacional.-ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra
Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.

Administracionius UNLP

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