MIGRACIONES
Ley N° 24.298
Créase el Programa Nacional para la Vinculación
con la Comunidad Argentina en el Exterior.
Sancionada: Diciembre 7 de 1993. Promulgada: Diciembre 30 de 1993.
B.O.: 10/1/94
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° - Créase el Programa Nacional para
la Vinculación con la Comunidad Argentina en el Exterior
cuyo objetivo será la formulación, implementación
y evaluación de un conjunto de políticas, proyectos
y acciones para la comunidad argentina en el exterior, orientadas
a fortalecer su participación en la vida nacional, fomentar
su organización y ofrecerle canales concretos de cooperación
con el país.
ARTICULO 2° - El Programa Nacional funcionará
bajo la conducción de una unidad ejecutora coordinada por
el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional
y Culto e integrada por representantes de la Secretaría
de Población y Relaciones con la Comunidad del Ministerio
del Interior, del Ministerio de Economía y Obras y Servicios
Públicos, del Ministerio de Cultura y Educación,
de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Presidencia
de la Nación, del Senado de la Nación y de la Cámara
de Diputados de la Nación.
ARTICULO 3° - Se solicitará la cooperación
para la formulación e implementación del Programa
de la Organización Internacional para las Migraciones.
ARTICULO 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo
Nacional.- ALBERTO R. PIERRI.- ORALDO BRITOS.- Esther H. Pereyra
Arandía de Pérez Pardo.- Edgardo Piuzzi.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.
Decreto N° 2776/93
Bs.As., 30/12/93
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 24.298, cúmplase,
comuníquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y Archívese.- MENEM.- Guido Di Tella.