JUSTICIA Ley Nº 24.384 Créase una nueva Sala en la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital
Federal. Sancionada: Octubre 19 de 1994. Promulgada: Noviembre 8 de 1994.
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación
Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º- Créase una nueva Sala en la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
de la Capital Federal, que se individualizará como Sala
V.
ARTICULO 2º- Créanse TRES (3) cargos de Juez
de Cámara, y asimismo los de funcionarios, empleados y
personal obrero y de maestranza que se indican en el Anexo I que
integra la presente ley.
ARTICULO 3º- La Corte Suprema de Justicia de la Nación,
en ejercicio de las funciones que le competen, proveerá
lo necesario para la instalación y funcionamiento del tribunal
creado.
ARTICULO 4º- La presente ley se implementará
una vez que se cuente con el crédito presupuestario necesario
para la atención del gasto que su objeto demande, el que
se imputará al Presupuesto del Poder Judicial de la Nación.
Los magistrados, funcionarios y empleados que se designen en los
cargos creados, sólo tomarán posesión de
ellos cuando rija dicha condición financiera.
ARTICULO 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo
Nacional.-ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther Pereyra Arandía
de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.
ANEXO I
SALA V DE LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO
ADMINSTRATIVO FEDERAL DE LA CAPITAL FEDERAL
MAGISTRADOS
Juez de Cámara 3
Subtotal 3
FUNCIONARIOS
Secretario de Cámara 2
Prosecretario de Cámara 1
Prosecretario Administrativo 2
Subtotal 5
EMPLEADOS
Oficial 1
Oficial (Relator) 6
Escribiente 2
Escribiente auxiliar 4
Auxiliar 1
Auxiliar Administrativo 1
Subtotal 15
PERSONAL OBRERO Y DE MAESTRANZA
Auxiliar de Servicio 3
Subtotal 3
TOTAL 26