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Ley 24442 del 23/12/94




ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL Y DEL
SECTOR PUBLICO NACIONAL



Ley 24.442



Facultase al P.E.N. a comprometer créditos de ejercios
futuros del Presupuesto General de la Administración Nacional,
a los efectos de concluir las obras del ex Fondo de Desarrollo
Regional.



Sancionada: Diciembre 23 de 1994.

Promulgada: Enero 17 de 1995.



El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.,

sancionan con fuerza de Ley:


ARTICULO 1º - Facúltase al Poder Ejecutivo
Nacional, de acuerdo con lo determinado por el artículo
15 de la Ley 24.156, a comprometer créditos de ejercicios
futuros del Presupuesto General de la Administración Nacional,
correspondientes a los ejercicios 1996 y 1997 y por la suma de
noventa millones de pesos ($ 90.000 000) en cada uno de ellos,
a los efectos de concluir las obras del ex Fondo de Desarrollo
Regional, que se detallan en la planilla anexa al presente artículo.



ARTICULO 2º - El Poder Ejecutivo Nacional, deberá
prever en los citados ejercicios los créditos a comprometer
dentro de los totales autorizados en el artículo anterior,
en los programas presupuestarios a cargo de la Secretaría
de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía
y Obras y Servicios Públicos en concordancia con lo dispuesto
en el Capítulo VIII, artículos 30, 21, 32 y 33 del
Decreto 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.


ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
- ALBERTO R. PIERRI - ORALDO BRITOS - Esther H Pereyra Arandía
de Pérez Pardo - Edgardo Piuzzi.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO


ANEXO

















OBRALOCALIZACION
APROVECHAMIENTO INTEGRAL DE LOS RIOS PERICO Y GRANDE -II ETAPA- III OBRAS COMPLEMENTARIAS, EQUIPAMIENTO

HIDROELECTRO MECANICO, CENTRAL
ELECTRICA DE LAS MADERAS






JUJUY
RUTA NACIONAL NRO. 19 - TRAMO WANDA

DESEADO SECCION SEGUNDA (ARROYO
URUGUAI DESEADO
MISIONES
NUEVO HOSPITAL SAN JUAN BAUTISTA -

CAPITAL - CATAMARCA
CATAMARCA
PRESA EMBALSE Y CENTRAL ELECTRICA -

CASA DE PIEDRA
BUENOS AIRES

LA PAMPA

RIO NEGRO
AMPLIACION DE LA OBRA PROVISION DE AGUA

POTABLE Y DESAGUES CLOACALES DE GOBERNADOR
VIRASORO




CORRIENTES
RESERVORIO SUR -CISTERNA TORRE TANQUE-

AMPLIACION PLANTA POTABILIZADORA




CHACO
REPRESA EN ANILLACO. DEPTO. CASTRO BARROS LA RIOJA
RUTA NACIONAL 14 - TRAMO 2 DE MAYO - SAN

PEDRO - SECCION ACCESO A EL ALCAZAR
MISIONES
PRESA EMBALSE EL TUNAL Y OBRAS

COMPLEMENTARIAS CENTRAL HIDROELECTRICA
SALTA
CONSTRUCCION NUEVO HOSPITAL PRESIDENTE

PLAZA (PROVINCIA DE LA RIOJA)
LA RIOJA
APROVECHAMIENTO MULTIPLE RIO TEUCO-LAGUNA FORMOSA



Decreto 58/95



Bs. As., 17/1/95



POR TANTO:


Téngase por Ley de la Nación Nº 24.442, cúmplase,
comuníquese, publíquese, dése a la

Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- MENEN. - Domingo F. Cavallo.

Administracionius UNLP

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