CULTO Ley 24.757 Sancionada: Noviembre 28 de 1996. Promulgada: Diciembre 20 de 1996.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso. etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º-Declarase día no laborable para
todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen
la religión islámica, el día del "Año
Nuevo Musulmán" (Hégira), el día posterior
a la culminación del ayuno (Id Ai-Fitr); y el día
de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).
ARTICULO 2°-Deróganse todas las medidas que
se opongan a esta ley.
ARTICULO 3°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.
-REGISTRADA BAJO EL N° 24.757-
ALBERTO R. PIERRI -CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandia
de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.
Decreto 1600/96 Bs. As., 20/12/96
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 24.757, cúmplase,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A Rodríguez.-Carlos V, Corach.