DEUDA PUBLICA Ley 24794 Dispónese la publicación en el Boletín
Oficial, de la nómina de los pagos realizados en cumplimiento
de lo establecidos en los incisios b) y c) del artículo
7º de la ley nº 23982. Sancionada: Marzo 5 de 1997. Promulgada de Hecho: Abril 4 de 1997
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc, sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º: El Poder Ejecutivo nacional, por intermedio
del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos,
dispondrá la publicación en el Boletín Oficial,
en el mes siguiente a aquel en el que se hubieran efectuado, de
la nómina de los pagos realizados en cumplimiento de lo
establecido en los incisos b) y c) del artículo 7º
de la Ley Nº 23982.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ALBERTO R. PIERRI - CARLOS F.RUCKAUF.- Esther H. Pereyra Arandía
de Pérez Pardo - Edgardo Piuzzi.