POBLACIONES INDIGENAS DEL MUNDO Ley 24.874 Declárase de interés nacional, cultural, educativo
y legislativo, el Decenio Internacional de Las Poblaciones Indígenas
del Mundo. Sancionada: Septiembre 3 de 1997. Promulgada: Septiembre 23 de 1997. B.O.: 29/09/97
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° -Declárase de interés nacional,
cultural, educativo y legislativo, el Decenio Internacional de
Las Poblaciones Indígenas del Mundo, de la Organización
de las Naciones Unidas.
ARTICULO 2° -El Poder Ejecutivo, por intermedio del
Ministerio de Cultura y Educación, determinará en
los contenidos básicos comunes de la currícula de
los niveles de educación general básica y polimodal,
la divulgación de los aspectos sustantivos de la legislación
indígena, incluyendo el artículo 75, inciso 17 de
la Constitución Nacional y las actividades del "decenio"
reforzando los conocimientos sobre las culturas y la realidad
económico -social de los pueblos indígenas.
ARTICULO 3° -Invítase a los gobiernos provinciales
y municipios de la Nación a adecuar los planes de estudio
del área educativa en consonancia con la presente ley.
ARTICULO 4° -Comuníquese al Poder Ejecutivo
nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES A LOS TRES DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
-REGISTRADA BAJO EL N° 24.874-
ALBERTO R PIERRI. -EDUARDO MENEM. -Esther H. Pereyra Arandia de
Pérez Pardo. -Edgardo Piuzzi.
Decreto 981/97 Bs. As.. 23/9/97
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 24.874, cúmplase,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archivase. -MENEM. -Jorge A. Rodríguez.
-Susana B. Decibel.