MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
Ley N° 24.882
Decláranse a estaciones ferroviarias del ramal C-25
del Ferrocarril General Manuel Belgrano ubicadas en la Provincia
de Formosa y a la ex usina de la ciudad de Formosa, bienes de
interés histórico.
Sancionada: Noviembre 5 de 1997. Promulgada de Hecho: Noviembre 26 de 1997.
B.O: 3/12/97
El Senado y Cámara de Diputados de la
Nación Argentina reunidos en Congreso. etc.. sancionan
con fuerza de Ley:
ARTICULO 1°-Decláranse bienes de interés
histórico, con arreglo a lo dispuesto por las leyes 12.665
y 24.252, los siguientes edificios:
a) Las estaciones ferroviarias del ramal C-25 del Ferrocarril
General Manuel Belgrano ubicadas en la Provincia de Formosa en
las localidades de Formosa, Mariano Boedo, Gran Guardia, Pirane,
Palo Santo, Bartolomé de las Casas, Comandante Fontana,
Ibarreta, Estanislao del Campo, Pozo del Tigre, Teniente Brown,
Las Lomitas, Juan C. Bazan, Pozo del Mortero, Laguna Yema, Los
Chiriguanos, Ingeniero Juarez y Teniente General R. M. Fraga.
b) La ex usina de la ciudad de Formosa, ubicada en la intersección
de las calles Hipólito Yrigoyen, Santa Fe y la Diagonal
Ramos Mejia.
ARTICULO 2º-El Poder Ejecutivo, a través de
sus organismos específicos en forma conjunta con los entes
provinciales de Formosa efectuarán los estudios técnicos
tendientes a la preservación de los edificios mencionados
en el artículo precedente de esta ley.
ARTICULO 3º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
-REGISTRADA BAJO EL N° 24.882-
ALBERTO R. PIERRI-EDUARDO MENEM. -Esther H. Pereyra Arandía
de Perez Pardo.- Edgardo Piuzzi.