PRESUPUESTO
Ley 24.918
Amplíase el presupuesto de la Administración
Nacional para 1997 con destino a programas que ejecuta la Secretaría
de Turismo.
Sancionada: Diciembre 9 de 1997. Promulgada: Diciembre 16 de 1997.
B.O: 18/12/97
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º-Amplíase el presupuesto de la administración
nacional para 1997 en la suma de ocho millones de pesos ($ 8.000.000)
con destino a los programas 16: Desarrollo y Promoción
del Turismo; 17: Prestaciones Turísticas y 18: Postulación
Olimpiadas Buenos Aires 2004, que ejecuta la Secretaría
de Turismo.
ARTICULO 2º-Amplíase el cálculo de recursos
con afectación específica del presupuesto de la
administración nacional para 1997 en la suma de ocho millones
de pesos ($ 8.000.000) en la jurisdicción 20 Presidencia
de la Nación; 6: Secretaría de Turismo, en concepto
de ingresos tributarios; 5 % sobre pasajes aéreos al exterior.
ARTICULO 3º-Facúltase el Jefe de Gabinete de
Ministros a efectuar las modificaciones presupuestarias y distribuir
los recursos y créditos que se aprueban por los artículos
precedentes de esta ley al máximo nivel de desagregación
previsto en los clasificadores presupuestarios y en las aperturas
programáticas o categorías equivalentes que resulten
necesarias.
ARTICULO 4º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.918-
ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía
de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.
Decreto 1361/97
Bs.As., 16/12/97
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.918 cúmplase,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.