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Ley 25.007 del 10/08/98




INMUEBLES


Ley 25.007


Decláranse de utilidad pública y sujeto a expropiación
determinados inmuebles ubicados en el Partido de San Isidro, provincia
de Buenos Aires, con destino al Poder Judicial de la Nación.



Sancionada: Julio 15 de 1998.
Promulgada de Hecho: Agosto 10 de 1998.
Boletín Oficial: Agosto 14 de 1998.


El Senado y Cámara de Diputados de la
Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.,
sancionan con fuerza
de Ley:


ARTICULO 1°- Declárense de utilidad pública
y sujeto a expropiación, con destino al Poder Judicial
de la Nación, los inmuebles ubicados en la calle Tres de
Febrero 104 a 112 (matrícula 43.588) -esquina calle Moreno-
y Tres de Febrero 118/124, unidad funcional 1 (matrícula
16.390/Uf. 1), entre Garibaldi y Moreno, del partido de San Isidro
(097), provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 2°- Facúltase a la Corte Suprema de
Justicia de la Nación para determinar las dependencias
judiciales que se instalarán en dichos inmuebles.

ARTICULO 3°- El gasto que demande el cumplimiento
de la presente ley será atendido con cargo al presupuesto
del Poder Judicial de la Nación, para lo cual el Poder
Ejecutivo nacional procederá a la correspondiente ampliación
del crédito en la jurisdicción.

ARTICULO 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y OCHO.

- REGISTRADA BAJO EL Nº 25.007 -


ALBERTO R. PIERRI. - CARLOS F. RUCKAUF. - Esther H. Pereyra Arandía
de Pérez Pardo. - Edgardo Piuzzi.

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