Mi consulta es la siguiente: hay una sucesión que tramita ante la Provincia de Buenos Aires respecto de unos bienes que estan en capital y otros que estan en la Provincia. La pregunta es: como se fija la base arancelaria? Porque la ley de honorarios de provincia dice que se debe fijar sobre la valuación fiscal del inmueble. Pero hay alguna forma de poder establecer una estimación? Porque por supuesto las valuaciones nunca demuestran el valor real del inmueble. Un inmueble cuya valuación figura $ 20.000, puede ser que en realidad valga U$S 30.000