Hola. Me gustaría saber si la actual "ley de medios" (La Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual) deroga en forma absoluta a la antigua ley de radiodifusión (22.285), y si afecta en alguna medida a la ley de telecomunicaciones 19.798. Estoy estudiando derecho de las comunicaciones y no puedo precisar esa cuestión. Saludos, y gracias.
ARTICULO 164. — Derogación. Cumplidos los plazos establecidos por el artículo 156, deróganse la ley 22.285, sus normas posteriores dictadas en consecuencia, el artículo 65 de la ley 23.696, los decretos 1656/92, 1062/98 y 1005/99, los artículos 4º, 6º, 7º, 8º y 9º del decreto 94/01, los artículos 10 y 11 del decreto 614/01 y los decretos 2368/02, 1214/03 y toda otra norma que se oponga a la presente.
Y el mentado Artículo 156:
ARTICULO 156. — Reglamentos. Plazos. La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual deberá elaborar los reglamentos que a continuación se identifican, en los siguientes plazos contados a partir de su constitución:
a) Reglamento de funcionamiento interno del directorio, treinta (30) días;
b) Proyecto de reglamentación de la presente incluyendo el régimen de sanciones, para su aprobación por decreto del Poder Ejecutivo nacional, sesenta (60) días;
c) Normas técnicas para la instalación y operación de servicios de radiodifusión y la Norma Nacional de Servicio, ciento ochenta (180) días.
Hasta tanto se elaboren y aprueben los reglamentos mencionados en este artículo, la autoridad de aplicación aplicará la normativa vigente al momento de la sanción de la presente ley en cuanto fuera compatible.
Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. Dentro del plazo de treinta (30) días de la entrada en vigencia de la presente ley, el Poder Ejecutivo nacional convocará a los sectores a los que refieren los incisos c, d, e, f, g y h del artículo 16, a fin de establecer el procedimiento de designación de sus representantes a los efectos de la conformación inicial del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.
El Consejo debe quedar integrado dentro del plazo de noventa (90) días desde la entrada en vigencia de la presente ley.
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Es decir que cumplidos los plazos estipulados, elaborados y aprobado los reglamentos mencionados, la antigua ley de Radiodifusión quedaría derogada plenamente, así como sus posteriores normas creadas en consecuencias.
Lo que no sabría decirte, si los supuestos ut supra mencionados se llevaron a cabo.
Espero que te sirva de algo.
Gastón.-