La Cámara en lo Civil y Comercial Federal prorrogó la medida cautelar solicitada por el Grupo Clarín en la causa por la constitucionalidad de dos artículos de la Ley de Medios hasta "que haya sentencia definitiva".
Así lo confirmó Clarín en su página web, y también el Centro de Información Judicial.
Según la página, esta decisión se tomó tras haber rechazado además las recusaciones de todos los miembros de esa cámara presentada el miércoles por el ministro de Justicia, Julio Alak.
En este marco, la Cámara le llamó la atención a la abogada del Gobierno por recusar por segunda vez a los miembros de ese tribunal de apelaciones.
¿Qué implica la prórroga?
Tal como explicó Clarín, esta medida implica que los artículos 45 y 161 de la Ley de Medios no podrán aplicarse hasta que haya una sentencia de fondo en torno a la constitucionalidad.
De este modo, el grupo no se verá obligado a desinvertir en el mercado audiovisual el "7D", como se venía hablando.
Así, el día clave que tanto se venía promocionando desde el Gobierno quedó en suspenso.
Según explicó el constitucionalista Gregorio Badeni en declaraciones a Radio 10, este fallo implica que "no se puede pedir a Clarín que desinvierta, ni siquiera dentro de un año".
Y aclaró que "esto rige solamente para el que presentó la demanda, no para los demás. Los otros ya aceptaron la ley".
Los fundamentos
Los camaristas sostuvieron en los fundamentos del fallo que "el levantamiento de la suspensión cautelar" que vencía el viernes 7D "causaría un perjuicio irreparable" para el Grupo Clarín "pues frustraría los efectos de una eventual decisión futura, en la hipótesis de resultar ésta favorable a las pretensiones de las demandantes".
Para decidir esto, los magistrados tuvieron en cuenta que en la causa principal "parece inmediato el dictado de una sentencia, tal como lo fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 27 de noviembre último".
Aquella vez, el máximo tribunal instó al juez Alfonso a apurar los tiempos, a la vez que exhortó a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo federal a sortear los magistrados que intervinieran para resolver las recusaciones efectuadas por el Gobierno en contra de los camaristas del fuero Civil y Comercial federal, recordó Clarín.
"Corresponde admitir lo solicitado prorrogando la vigencia de la medida cautelar hasta que se dicte la sentencia definitiva en la causa, a fin de no alterar significativamente las circunstancias y asegurar la utilidad, oportunidad y eficacia del fallo que habrá de recaer en los autos principales", firmaron los jueces Najurieta y De las Carreras.
De las Carreras, denunciado penalmente por el Gobierno, dedicó un párrafo para afirmar que actuó con "la debida imparcialidad inherente al ejercicio de la función jurisdiccional" y "con tranquilidad de espíritu y de conciencia".
Y agregó: "Me permito manifestar que estoy convencido de que la sana convivencia social entre los argentinos se sustenta en el respeto de dos de los pilares básicos y fundamentales del sistema republicano: la división de poderes y la independencia judicial".
La respuesta del Gobierno
Tras conocerse la decisión judicial, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Martín Sabbatella, afirmó en declaraciones a la agencia oficial Télam que el fallo "es una vergüenza".
En este sentido, adelantó que "se pedirá la intervención de la Corte" para que revise este acto que, a su juicio, "lesiona la democracia".