La propuesta que reclama una modificación a la Ley de Concursos y Quiebras, impulsada por los diputados del Frente para la Victoria Alberto Balestrini y Luis Cigogna, instaló el debate en el Congreso al abrir una puerta a la posibilidad de modificar -hasta de derogar- los Acuerdos Preventivos Extrajudiciales (APE).
El APE fue pensado como un mecanismo para facilitar la reestructuración extrajudicial de las deudas de las grandes compañías argentinas, que por haber recurrido al mercado de capitales en el extranjero o a la financiación internacional, en el año 2002, estaban endeudadas en divisas y veían “pesificados” la mayor parte de sus ingresos.
En este sentido, según explicaron los expertos consultados por iProfesional.com, no cabe sino reconocer que el instituto cumplió su finalidad, ya que grandes empresas nacionales han reestructurado sus pasivos –especialmente los financieros– bajo esta figura.
Sin embargo, la mayoría reconoce que la legislación vigente no contiene limitación alguna y cualquier persona física o jurídica puede solicitar la homologación de este tipo de acuerdos. Allí es donde comienzan los abusos. Quizás, por eso, es que no hay un número exacto que evidencie la cantidad de APE, según señaló Daniel Vítolo, socio de Vítolo Abogados.
Uno de los casos más recientes es el que llegó a manos de la Corte Suprema de Justicia, que avaló la homologación del acuerdo preventivo extrajudicial que posibilitó la fusión de la operadora Cablevisión con la señal Multicanal. Así fue como el máximo tribunal rechazó intervenir para revisar la sentencia mediante la cual Cablevisión había acordado un convenio de este tipo con sus acreedores, que había sido objetado en la Justicia comercial.
Los objetivos de la iniciativa
Con ánimos de aplacar los perjuicios de los acuerdos extrajudiciales, el martes pasado se reunió la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. La razón: tratar el proyecto de modificación de la ley de quiebras sobre el APE. En el encuentro, al que acudieron la Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones, Alejandra Gils Carbó, Ricardo Nissen y Gabriela Boquín, en representación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, entre otros, se criticó su funcionamiento y se propuso una alternativa para que el mecanismo recobre transparencia.
Puntualmente, se remarcó que, desde su creación, estos acuerdos se han utilizado para todo tipo de convenios predatorios, han provocado una catarata de procesos concursales, además de haber favorecido sólo a las grandes empresas.
“Deben ser utilizados para pequeños concursos, no como se hace hoy en día. Basta el ejemplo reciente de la Corte avalando la fusión entre Cablevisión y Multicanal", dijo Boquín a iProfesional.com, quien asistió junto a Nissen al encuentro de la comisión.
“Es un buen proyecto y creo que va a caminar porque la reunión, en la que estuvieron legisladores de peso como Agustín Rossi, Héctor Recalde y Diana Conti, fue muy fructífera y todos parecían estar de acuerdo”, analizó Boquín, un día después del debate.
A su juicio, la reforma más importante se encuentra en al artículo 76, que establece que el APE homologado no produce efecto sobre los acreedores no suscriptos.
“Los acreedores que no suscriban el acuerdo, ni hubieran sido denunciados y notificados (fehacientemente), conservan sus acciones individuales y no están sometidos a los efectos del acuerdo…”, dispone el proyecto de ley en estudio.
“La propuesta es buena en cuanto reforma el APE, que deja indefenso al acreedor con plazos exiguos para su contestación. Este proyecto modifica la situación actual: la dota de mayor transparencia, amplía los plazos y las causales de impugnación”, resumió la experta en materia concursal.
Por su parte, y en la reunión de comisión, Gils Carbó realizó una encendida crítica a las grandes corporaciones, en general, y a los APE, en particular. Los invitados coincidieron en la necesidad de derogar esta figura, aunque los representantes del Colegio Público de Abogados vieron con buenos ojos su modificación, informaron desde la Agencia de información política y debate parlamentario, FOIA.
Críticas de todos los flancos
“El proyecto es extraordinariamente negativo. Lo más relevante del APE, en su configuración actual, es que tiene el mismo efecto que el acuerdo homologado en un concurso preventivo, por lo que se impone a los acreedores disidentes o no firmantes”, sostuvo Julio Rivera, socio de Rivera Abogados.
Para el experto, si se elimina ese efecto, se vuelve a los acuerdos preconcursales anteriores, que nunca fueron judicialmente homologados, justamente porque su eficacia limitada hacía estéril tal homologación.
Pero la falencia del APE viene de más lejos, según detalló Daniel Vítolo, de Vítolo Abogados, “el problema comenzó con la reforma que introdujo el régimen de emergencia de la Ley 25.589 que modificó el texto originario de la Ley 24.522. El viejo régimen hacía que el APE fuera aplicable sólo a los acreedores que eran parte del mismo y nunca a quienes no prestaban conformidad con la reestructuración de deuda”.
Para Vítolo, con las reformas a esta figura jurídica se le dieron los mismos efectos que al acuerdo judicial, lo cual es no sólo un disparate, sino también inconstitucional. Al amparo de esa normativa se despojó a los acreedores de créditos por miles de millones de dólares.
Por eso, el experto consideró que “hay que volver -con pequeños ajustes- al régimen originario de la Ley 24.522 que es el más justo para todos. Y este proyecto no está en esa línea, sino que más bien es un parche defectuoso”.
El futuro del proyecto
“Depende del interés que tenga el Gobierno en la cuestión. Me parece que si nada hizo el Congreso desde 2003 a esta parte en estos temas, encarar hoy una enmienda apresurada parcial y defectuosa -como es ésta- respecto sólo del APE es intentar una reforma asistemática al régimen concursal que únicamente traerá más confusión”, advirtió Vítolo.
Para el experto, la resistencia que encontrarán antes de poder avanzar con la aprobación de esta ley vendrá por parte de quienes realmente conocen el tema en profundidad y advierten que la regulación que se pretende implementar es defectuosa.
Según Rivera: "En materia de concursos parece razonable pensar que el Congreso ha de estar más atento a las reformas que tienden a ampliar los derechos de los trabajadores y facilitar la continuación de la empresa vía las cooperativas de trabajo”.
FUENTE:
Victoria Pérez Zabala
iProfesional.com