ENTIDADES ASEGURADORAS
LEY Nº 23.488
Modifícase la disposición de facto 20.091.
Sancionada: Octubre 31 de 1986.
Promulgada: Diciembre 1º de 1986.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1° — Modifícase el inciso a) del artículo 35 de la disposición de facto 20.091, el que queda redactado de la siguiente manera:
a) Títulos u otros valores de la deuda pública nacional o garantizados por la Nación y títulos de la deuda pública interna de las Provincias emitidos con arreglo a sus respectivas Constituciones y también los de las municipalidades que cuenten con la garantía de los respectivos municipios.
ARTICULO 2° — Comuníquese, al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y seis.
J. C. PUGLIESE |
V. H. MARTINEZ |
Carlos A. Bejar |
Antonio J. Macris |
—Registrada bajo el Nº 23.488—