Como estan? los molesto para consultarles si me pueden ayudar con liquidaciones por despido (de todo tipo). Lo que necesito seria algo asi como una tabla, o una guia simple para hacer liquidaciones, ya que tengo un examen respecto de ésto y no lo entendi muy bien y los ejercicios no me salen.
Desde ya muchas gracias.
Saludos.
Art. 231 LCT - preaviso - Segun la antiguedad: medio sueldo, un sueldo o dos sueldos
Art. 232 LCT - Integración mes despido: Sueldo/25= Valor diario * cantidad de dias
Art. 245 LCT - Indemnizacion por antigüedad 1 sueldo por c/ año o fraccion mayor a tres meses...
Art. 150 LCT -Vacaciones: Cuando no haya gozado las vacaciones anuales
Art. 156 LCT - Vacaciones proporcionales
Aguinaldo Proporcional: Se multiplica el sueldo por el tiempo trabajado (en meses) y sobre su resultado se calcula el 8,33%
Saludos.-