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Con la llave puesta y el coche en marcha, a seguro, se lo llevaron preso(?)


La Justicia rechazó la demanda de un particular contra su compañía de seguros, pues consideró que el robo del automotor del actor se produjo por la "culpa grave" del asegurado. El hombre había contratado un seguro que cubría los casos de robo y hurto, pero la sustracción se produjo mientras el rodado estaba estacionado con las llaves de contacto puestas.

Cómo puede ser que no configure hurto? Qué tiene que ver que deje el auto en marcha? Alguien lo puede ver más claro, porque yo no...


http://www.diariojudicial.com/fuerocivilcomercial/Con-la-llave-puesta-y-el-coche-en-marcha-a-seguro-se-lo-llevaron-preso-20120321-0006.html

vero_07 Sin Definir Universidad

Respuestas
Sin Definir Universidad
vero_07 Estudiante Intermedio Creado: 29/03/12
Ya está, perdón por la pregunta tan boba!

El art 70 de la ley de seguros (culpa grave)

Gracias...

La idea es ser feliz....

UNLP
juancisneros Usuario VIP Creado: 29/03/12
Una cosa es que se rechaze la demanda contra la compañia de seguros (cosa que resolviò la justicia) y otra que la no se haya configurado hurto como figura delictiva penal (cosa que no tiene nada que ver con lo fallado y ni siquiera corresponde al mismo fuero)...

Saludos!
...Que muerda y vocifere vengadora,
ya rodando en el polvo tu cabeza.

Sin Definir Universidad
vero_07 Estudiante Intermedio Creado: 30/03/12
Gracias. Más que claro! Estaba más perdída que turco en la neblina...!

Gracias, saludos!

La idea es ser feliz....

UMSA
EJA Moderador Creado: 30/03/12
Es como dice Juan. Se trata de una exclusión de cobertura por culpa grave, especificada en la póliza.

Me parece un fallo notable, más con el advenimiento del Derecho del Consumidor que, a veces, tiende a sobreproteger al sujeto débil (usuario o consumidor).

Saludos.

"La felicidad que da el dinero está en no tener que preocuparse de él; por ignorar ese precepto no es libre el avaro, ni es feliz".

Sin Definir Universidad
pincha 07 Cursando Ingreso Creado: 30/03/12
eja debes ser abogado de patronal no ?? como va a ser notable que perjudiquen a un consumidor , es mi opinion con respeto si

UMSA
EJA Moderador Creado: 30/03/12
Empezado por null

" eja debes ser abogado de patronal no ?? como va a ser notable que perjudiquen a un consumidor , es mi opinion con respeto si"

+Ver post citado
Es que, en este caso, no lo están "perjudicando". Lo que ocurre es que -y tu exaltada intervención da cuenta de ello- con el avance del Derecho del Consumidor se generalizó una tendencia de SOBREproteger al sujeto activo de la relación de consumo. Claro que la protección jurídica del sujeto débil es hiperpositiva siempre, pero cuando esa protección se sobredimensiona se pueden generar soluciones ilógicas e injustas, carentes de sentido común y jurídico.

Saludos.

"La felicidad que da el dinero está en no tener que preocuparse de él; por ignorar ese precepto no es libre el avaro, ni es feliz".

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