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MARCO DE REGULACION






MARCO DE REGULACIÓN lang=ES-TRAD >DEL EMPLEO
PUBLICO NACIONAL


 

Decreto 69/00

 

Derógase el Decreto Nº 1596/99 por el que se aprobó
la Reglamentación del Anexo de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público
(Nº 25.164).


 

Bs. As., 18/1/00

 

VISTO el Decreto Nº 1596 del 9 de diciembre de
1999, y


 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante dicho decreto se aprobó la
Reglamentación del Anexo de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público (Mº
25.164).


 

Que en análisis de esa medida permite llegar a la
conclusión que no constituye una reglamentación integral del cuerpo a que se
refiere, lo que ha de traer como consecuencia inmediata una implementación no
equilibrada de sus disposiciones.


 

Que ello surge explícitamente del segundo
considerando del acto en estudio cuando destaca que “…se reglamentan
lineamientos generales de los institutos o principios básicos de la regulación
del empleo público”, estableciéndose, según el tercer considerando, aspectos
parciales de la ley bajo tratamiento.


 

Que tal concepto se ve ratificado por el artículo
3º del citado decreto, en cuanto deroga el Decreto Nº 1797/80, reglamentario de
la Ley Nº 22.140 (Régimen Jurídico Básico de la Función Pública), “…en sus
partes pertinentes, siempre y cuando se opongan expresamente a la presente
reglamentación”.


 

Que, por otra parte y sobre la base de lo antes
expuesto, cabe destacar que el decreto bajo análisis constituye un acto
administrativo de alcance general, por lo cual, de acuerdo a lo prescripto por
el artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (Nº
19.549), sólo puede adquirir eficacia previo cumplimiento del requisito de su
publicación, lo que aún no se ha concretado.


 

Que, en virtud de todo lo expuesto, nada obsta a
decidir la derogación del Decreto Nº 1596/ 99, lo que permitirá implementar las
acciones tendientes a instrumentar en forma integrada la reglamentación de la
Ley Nº 25.164.


 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la
SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la
intervención que le compete.


 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por el artículo 99, inciso 2 de la Constitución Nacional.


 

Por ello,

 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

 

Artículo 1º — Derógase el Decreto Nº 1596
del 9 de diciembre de 1999.


 

Art. 2º — Mantiénense en vigencia las
disposiciones derogadas por el artículo 3º del decreto mencionado
precedentemente.


 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. —
Rodolfo H. Terragno. — Federico T. M. Storani.
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