Estado Mayor General Fuerza Aérea
SERVICIOS AERONAUTICOS
Resolución 1074/2001
Inclúyese al Aeropuerto Internacional Valle del Conlara - San Luis, en la nómina de Aeródromos Autorizados a percibir Tasas, en la Primera Categoría.
Bs. As., 19/12/2001
VISTO, el Convenio para la Operación y Habilitación del Aeropuerto Internacional VALLE DEL CONLARA - SAN LUIS, suscrito entre el Gobierno de la Provincia de SAN LUIS y esta Institución, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con los servicios que se brindarán en el Aeródromo, equipamiento, Infraestructura y movimiento previsto de aeronaves y pasajeros, corresponde incluir el Aeropuerto Internacional VALLE DEL CONLARA - SAN LUIS en la nómina de Aeropuertos Autorizados a percibir Tasas, en la Primera Categoría;
Que el suscrito es competente para dictar el presente acto administrativo, en virtud de las facultades que le confiere el Artículo 1° de la Ley N° 13.041 de Tasas por Servicios Aeronáuticos;
EL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA
RESUELVE:
1° — INCLUYASE a partir del 20 de Diciembre de 2001 en la Primera Categoría en la nómina de Aeródromos Autorizados a percibir Tasas al Aeropuerto Internacional VALLE DEL CONLARA - SAN LUIS.
2° — COMUNIQUESE, publíquese en Boletín Oficial y en los medios usuales de información aeronáutica, y archívese en la Dirección Económica Financiera (Dto. Recursos Financieros) como antecedente. — Walter D. Barbero.