Tengo una duda que me acompaña desde mis primeros pasos en la carrera de abogacia en la UBA... ¿cuantas clases de mayorias hay y en que consiste cada? ¿Se aplican a todas las ramas del derecho o pueden tener particularidades en alguna rama en especial? Espero que sepan responderme. Saludos
A su vez hay que diferenciar mayorías de quorum, que hay veces se suelen confundir.
Por otra parte, la forma en que se computan, si sobre el total o sobre el total de los presentes.
Pero no existe una regla general sobre las mayorías que abarque TODO el derecho.
La clasficiación más habitual es en mayorias simples y mayorias especiales
Mayorías simples, son aquellas que se aprueban por, como su nombre lo indica, simple mayoria de votos. Es decir: si tenemos 3 propuestas y una adquiere el 40% de los votos, y las dos restantes 30% cada una. Se adopta la primera.
Mayorias especiales; habitualmente nos encontramos con dos formas:
- Mayoría absoluta; para que se adopte una moción, es requisito indipensable que esta obtenga la mayoría más uno de los votos.
Si votan 100 personas; la que resulte victoriosa deberá obtener 51 votos.
- Mayoría de los 2/3; es la otra que se usa habitualmente. En este caso si son 100 los votantes, se requerirán 75 votos como mínimo para que la moción resulte vencedora.