MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 1/02
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 6/95 y 9/95 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
La conveniencia de profundizar los aspectos jurídicos del proceso de integración con el objetivo de alcanzar un mayor desarrollo institucional del MERCOSUR y perfeccionar su funcionamiento.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:
Art. 1 - Instruir al Grupo Mercado Común para que, a través del Subgrupo de Trabajo Nº 2 "Aspectos Institucionales", presente propuestas destinadas al fortalecimiento institucional del MERCOSUR, las que deberán ser consideradas en la próxima reunión del Consejo del Mercado Común.
Art. 2 - Sin perjuicio de la consideración de otros temas que pudieran ser propuestos por los Estados Partes, esas propuestas deberán analizar la estructura, los cometidos, el funcionamiento, la relación e interacción de los órganos que integran la estructura institucional del MERCOSUR; la conformación de mecanismos para una asesoría técnica; y el régimen de incorporación de la normativa MERCOSUR.
Art. 3 - La presente Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.
III CMC EXT - Buenos Aires, 18/ll/02