MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 24/03
DURACION DEL MANDATO DEL DIRECTOR DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 30/02 y 32/02 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
La Decisión del Consejo del Mercado Común de transformar la Secretaría Administrativa del MERCOSUR en una Secretaría Técnica, a fin de dotar el proceso de integración de un órgano que se desempeñe con una perspectiva común y contribuya a la consolidación del MERCOSUR.
El entendimiento de que el proceso gradual y progresivo de transformación de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR en una Secretaría Técnica se inició con la conformación del Sector de Asesoría Técnica.
La constatación de que la consolidación del proceso de transformación de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR en una Secretaría Técnica requiere de la continuidad de los trabajos que están siendo desarrollados para ese fin.
La conveniencia de que la duración del mandato del Director de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR sea ajustada a las nuevas responsabilidades atribuidas a la Secretaría.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:
Art
. 1 – Instruir al Grupo Mercado Común a analizar e indicar las medidas de naturaleza jurídica y administrativa necesarias para adecuar la duración del mandato de los futuros Directores de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR a las demandas originadas por las nuevas responsabilidades atribuidas a la Secretaría.
Art. 2 – Prorrogar por un año el mandato del actual Director de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR, hasta diciembre de 2005.
Art. 3 – Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXV CMC – Montevideo, 15/XII/03