MERCOSUR/CMC/DEC N° 37/04
PROYECTOS DE ACUERDOS CONTRA EL TRAFICO ILICITO DE MIGRANTES, ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, LA REPUBLICA DE BOLIVIA Y LA REPUBLICA DE CHILE
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión N° 18/04 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que las acciones para prevenir y combatir eficazmente el tráfico ilícito de Migrantes requieren la cooperación, intercambio de información y de acción conjunta de los Estados de la región.
Que en la Declaración de Asunción sobre el "Tráfico de Personas y de Migrantes", se destacó, por unanimidad la necesidad de adoptaren medidas para prevenir, detectar y penalizar esta conducta delictiva.
Que es necesario contar con un procedimiento común para actuar en esta materia, a través de la participación coordinada de las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales y demás organismos de control.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:
Art. 1 — Aprobar el texto del proyecto de "Acuerdo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes, entre los Estados Partes del MERCOSUR" y el texto del proyecto de "Acuerdo contra el Trafico Ilícito de Migrantes, entre los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile", elevado por la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, que consta como Anexo a la presente Decisión.
Art. 2 — El Consejo del Mercado Común recomienda a los Estados Partes del MERCOSUR la firma de los Acuerdos mencionados en el artículo anterior.
Art. 3 — La presente Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes.
XXVII CMC - Belo Horizonte,16/XII/04