MERCOSUR/GMC/RES. 7/97 AJUSTE DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SUCORRESPONDIENTE
AEC B.O.: 20/05/97
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la Decisión Nº 22/94 del Consejo del Mercado Común
y las Resoluciones N. 35/95 y 36/95 del Grupo Mercado Común,
la Directiva N° 8/96 v la propuesta N. 1/97 de la Comisión
de Comercio del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que es necesario ajustar la Nomenclatura Común del Mercosur
y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumento
esencial de la Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1°-Ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR
y su correspondiente Arancel Externo Común. conforme el
estudio de solicitudes de apertura presentadas por los Estados
Partes. que figura como anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2°-La presente Resolución entrara en vigencia
el 1°/VII/97.
XXV GMC - Asunción, 25/IV/97.