MERCOSUR/GMC/RES Nº 1/2000
ESTANDAR DE CRITERIOS Y LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACION DE ESTANDARES DESISTEMAS DE PRODUCCION DE MATERIALES DE PROPAGACION CERTIFICADOS(DEROGA RES. GMC Nº 44/96)
VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 6/96 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones Nº 91/93, 59/94, 44/96, 70/98 y 74/99 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 1/00 del SGT Nº 8 "Agricultura".
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de facilitar el comercio de semillas entre los Estados Parte del MERCOSUR, es necesario establecer un estándar de criterios y lineamientos para la elaboración de estándares de sistemas de producción de materiales de propagación certificados.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1. — Aprobar el "Estándar de Criterios y Lineamientos para la Elaboración de Estándares de Sistemas de Producción de Materiales de Propagación Certificados", en sus versiones español y portugués, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2. — Los Estados Parte pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:
Argentina: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación — SAGPyA
Instituto Nacional de Semillas — INASE
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria — SENASA
Brasil: Ministério da Agricultura e do Abastecimento — MA
Secretaria de Defesa Agropecuária — SDA
Secretaria de Apoio Rural e Cooperativismo — SARC
Paraguay: Ministerio de Agricultura y Ganadería — MAGP
Dirección de Defensa Vegetal — DDV
Dirección de Semillas — DISE
Uruguay: Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca — MGAP
Dirección General de Servicios Agrícolas — DGSA
Instituto Nacional de Semillas — INASE
Art. 3. — Derógase la Resolución GMC Nº 44/96.
Art. 4. — Los Estados Parte del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del V/VII/00.
XXXVII GMC - Buenos Aires, 5/IV/00