Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
PROGRAMAS DE EMPLEO
Resolución 55/2004
Extiéndese la vigencia del Programa Desarrollo del Empleo Local.
Bs. As., 29/1/2004
VISTO la Ley Nº 24.013; la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. por Decreto Nº 438/92) y modificatorias; las Resoluciones M.T.E. y S.S. Nros. 192 de fecha 22 febrero de 2002 y 05 de fecha 3 de enero de 2003; la Resolución S.E. Nº 91 de fecha 28 de junio de 2002; el Expediente del Registro de la Mesa de Entradas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 12015 1081700/03; y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución M.T.E. y S.S. Nº 192/02 crea el Programa DESARROLLO DEL EMPLEO LOCAL V que tiene por objeto brindar ocupación transitoria a trabajadores/as desocupados/as para realizar proyectos de infraestructura económica y social, o prestación de servicios en su localidad de residencia, que contribuyan al desarrollo de las comunidades, y estén orientados a mejorar la calidad de vida de la población.
Que la Resolución S.E. Nº 91/02 reglamentó el mencionado Programa.
Que la Resolución M.T.E. y S.S. Nº 05/03 extendió la vigencia del Programa DESARROLLO DEL EMPLEO LOCAL V hasta el día 31 de diciembre de 2003.
Que la participación activa de las Provincias y Municipios, denota el compromiso de los actores sociales para generar proyectos que contribuyan a atender a la población en situación de desempleo.
Que la repercusión alcanzada por el Programa de DESARROLLO DEL EMPLEO LOCAL V demuestra la necesidad de continuar realizando acciones que conduzcan a la promoción del empleo con el objeto de dar respuesta a los grupos de trabajadores desocupados más vulnerables.
Que la presente encuadra en la Ley Nº 24.013, y se dicta en ejercicio de lo establecido en la normativa citada en el VISTO.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Extiéndase la vigencia del Programa DESARROLLO DEL EMPLEO LOCAL V (D.E.L. V), hasta el día 31 de diciembre del año 2004.
Art. 2º — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento de Biblioteca y archívese. — Carlos A. Tomada.